Dos choferes y un auxiliar suspendidos es el balance preliminar de la novena fiscalización por fines de semana largo practicada en 13 regiones del país por la Dirección del Trabajo en la víspera de un nuevo feriado de 4 días.
En este caso las inspecciones se han realizado entre el martes 30 y este miércoles 31 de octubre, previéndose un total de 140 buses controlados para verificar que sus tripulaciones cumplen con sus jornadas de trabajo y descanso.
La revisión fue encabezada en el Terminal de Buses Santiago por el subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, y la subsecretaria de Transportes, Gloria Hutt, cuyo personal controló el uso del cinturón de seguridad y las condiciones mecánicas de los vehículos.
Las autoridades concurrieron al terminal repleto de pasajeros que se prestaban a pasar los festivos fuera de la capital. Allí María Cecilia Sánchez informó que “durante 2012 se han realizado 1261 fiscalizaciones a nivel nacional, cursándose 812 sanciones, por montos que superan los $1.300 millones”.
Simultáneamente, los directores regionales del Trabajo realizaron fiscalizaciones en las demás regiones, excepto Coyhaique y Magallanes.
Por su parte, el subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, recalcó que estás fiscalizaciones enfatizan, en primer lugar, “verificar que los equipos para controlar la jornada estén instalados y en uso y que las jornadas de trabajo se respeten y cumplan” con el objetivo de disminuir la accidentabilidad en este sector.
Las faltas más frecuentes detectadas en nueve fiscalizaciones programadas durante este año son:
1. No llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas según lo autorizado por Resolución Nº 1081 del 22-09-2005 de la Dirección del Trabajo.
2. Manejar más de cinco horas continuas.
3. No cumplimiento de Resolución que autorizó un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descanso.
4. No llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo, de acuerdo a lo establecido en Resolución Nº 1081 del 22-09-2005 de la Dirección del Trabajo.
5. No otorgar descanso semanal compensatorio.
6. No otorgar descanso mínimo ininterrumpido de 8 horas dentro de cada 24 horas.
7. No otorgar descanso mínimo de dos horas, después de manejar más de cinco horas continuas.
8. No otorgar descanso mínimo de dos horas entre dos turnos de conducción.
(Fuente: La Nacion)