Novedosa campaña de Fenabus contra los numerosos partes en plazas de pesaje
Cargado de paquetes, regalos, maletas y encargos, un pasajero llega hasta el terminal de buses Santiago. Pero cuando va a subir al bus, se encuentra con una desagradable sorpresa en la puerta de la máquina: “Prohibido pesar más de 60 kilos”.
Aunque el hombre se asusta, no se trata de una prohibición. Y el chofer le explica que se trata de una campaña que ha iniciado la Federación Nacional de Buses del Transportes, Fenabus, contra los partes extendidos en plazas de pesaje por exceder el peso máximo permitido para circular en carreteras.
“Nos estamos llenando de partes. Si no hay solución, lo vamos a tener que hacer de verdad”, lanza Marcos Carter, presidente de Fenabus.
Según explica, los autoadhesivos colocados en puertas de algunos buses buscan que el pasajero tome conciencia de que no debe exceder los 30 kilos de peso que autoriza la ley al usuario en un viaje. “Funcionamos bajo el antiguo Decreto Supremo 158, que es del año 80. Pero luego de eso el ministerio ha tomado una serie de medidas, como exigir jaulas antivuelco, confort y otros servicios para el usuario. Y todo suma en el peso final”, agrega.
Las opciones son varias. “Estamos pidiendo tolerancia al ministerio de Obras Públicas, de quien dependen las plazas de pesaje. O lo otro es empezar a cobrar por el sobrepeso, tal como lo hacen las aerolíneas”, dice Carter. “Le doy un ejemplo: una máquina de dos pisos, sin pasajeros, pero con estanque lleno, se pasa en 1.250 kilos en la romana”, agrega.
A la vuelta de la rueda
400 mil dólares cuesta un bus de doble piso, cero kilómetros.
7 toneladas debe pesar el eje delantero de un bus; y 18, el segundo. Son los límites máximos.
1 UTM cuesta la multa por exceder el peso hasta en una tonelada. Si el bus, o camión, se pasa en tres toneladas, el parte asciende a $115.671
(Fuente: Lun.com)
La antiguedad de la ley no es el problema exactamente.
Por ejemplo, un O 500 RSD por especificaciones técnicas maximo puede llevar 24.000 kg (7.000 + 11.000 + 6.000) , pero el maximo autorizado son 19.500 kg (6.000 + 8.500 + 5.000) y la normativa chilena indica que maximo para esa configuración son 23.000 kg (7.000 en el eje delantero y 16.000 en el tandem trasero).
Y no digan que brasil y argentina tienen mejores normas.. son mas estricta, el O 500 RSD maximo puede llevar 20.000 kg (6.000 + 14.000).
Una solución práctica y sin mucha modificación sería reemplazar el eje de apoyo de rueda simple por uno de rueda doble, aumenta en 2 tn la capacidad de carga, en un 6×2 pasaría de 23.000 a 25.000 kg.
Otro ejemplo
Hace unos días me fijaba en la tara de un Irizar New Century (III) en OC 500 RF, pesa 14.020 kg, en el chasis OC 500 RF son 6.520 kg, o sea que la carrocería pesa 7.500 kg. Según la normativa chilena la combinación de un eje delantero de rueda simple son 7.000 kg y el eje trasero de rueda doble son 11.000 kg en total 18.000 kg, los 18.000 kg le resto 14.020 de la tara del chasis-carrocería me quedan 3.980 kg, eso en 43 pasajeros da 92,56 kg por persona. Está dentro de lo normal.
No sacan nada con elevar el peso maximo por eje, ya que van a tener un gran problema técnico que es la capacidad de los ejes. Agregar otro eje direccional aumentaría en 7.000 kg mas, de un 6×2 de 23.000 kg pasarían a un 8×2 de 30.000 kg (maximo para la normativa chilena), pero solo el chasis está pesando 1.500 a 1.800 kg mas que el 6×2, agregale el peso a la carrocería, otros 2.000 a 2.500 kg mas, pero y la capacidad técnica del chasis? de 23.000 kg pasa a 27.000 kg, son 4.000 kg mas que puedes llevar de peso, un moco considerado para un eje mas, no se resuelve el problema, es un circulo vicioso y eso sin contar que al agregar un eje adicional es mayor el consumo de combustible por el peso y el coeficiente de rodadura de los neumáticos (roce), mas gasto en peajes, etc.
La ley de peso maximo por eje es del año 80 en donde las carreteras eran del estado y nuestras carreteras eran adornadas por MPIII, Diplomatas, MB O362, 355, 364, etc Buses que no tenian el confort ni las reglamentaciones de hoy. Ahora el mercado y la legislacion exije un nivel de servicio y buses que pesan muchisimo mas que los de los 80 y la ley aun no se cambia, eso es lo que se esta pidiendo. Por lo demas las carreteras ya no son del estado y son de privados, los que cobran por usarlas y dentro del item de cobro existe el concepto de reparacion y mantencion de carpeta asfaltica. Entonces ¿No debiera ser justo que la ley se adapte a las condiciones actuales del mercado/pais?
bueno… para redondear, cuando vi la frase en el bus… despues de extrañarme y casi no subir (peso como 70 jajaja) lo encontre bastante ridiculo por parte de los empresarios, ya darle mas vueltas al tema no tiene sentido… espero que no cambie la legislacion para favorecer a estos pobres empresarios.
con cuerdo contigo los empresarios solo quieren ganar no quieren perder nada…. y los piso y medio tampco son tan convenientes ajjaja por la capacidad/costo del bus … al menos los modelos jumbuss 400 comil 4.05 irizar pb 3.90 marcopolo 1600 ld …es por eso que ahora la mayoria de las empresas posee dd… porque es super rentable en relacion capacidad/costo del bus
Concuerdo en todo el tema de los costos, pero no pueden esperar modificaciones a la legislacion solo porque los vehiculos no cumplen por diseño, desde los tiempos que comenzo Talca, Paris y Londres escuche que los doble piso sobre pasan en el tren delantero el peso maximo permitido. La otra opcion son los piso y medio…. para los empresarios es solo negocio y nada les importa la seguridad de los pasajeros o cuidar los caminos…
Nicolás Antonio Droguett Aros
mmm doble eje delantero significa menos espacio en el primer piso… pagas peaje de 4 ejes…. los buses con tren delantero doble son mas caros…. no les combiene y es por eso que hay tan pocos buses doble eje delantero… las empresas que los tienen es solo para llamar la atención ya que no tienen relevancia
Desde hace tiempo tengo conocimiento de las multas, entiendo que estas se fundamentan por el sobrepeso en el tren delantero. Ahora, la Ley es una, por lo que los buses deben adecuarse a la posibilidad de transito en los caminos, si se dañan los caminos por sobrepeso el empresario no estara dispuesto a pagar mas impuesto por reparar el camino. Si las reglas del mercado exigen doble piso, las legales exigen el respeto de pesos maximos… me imagino que la solución esta en el doble eje delantero…